El cobro por los servicios de recolección de residuos sólidos a través de la factura de energÃa eléctrica es uno de los cambios contemplados en el proyecto que busca modificar la Ley 225-20 sobre Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos, que fue aprobado este martes por el Senado.
El proyecto modifica el artÃculo 143 sobre el mecanismo de cobro por parte de los ayuntamientos. El cambio indica que las alcaldÃas y juntas distritales realizarán "el cobro obligatorio por los servicios de recolección de residuos sólidos urbanos a través de la facturación y cobro del servicio de energÃa eléctrica".
El artÃculo modificado añade que se deberá garantizar la independencia de los montos facturados por la prestación de cada servicio, "de acuerdo a costos reales y totales de los mismos".
"Las empresas distribuidoras de energÃa deberán entregar el monto integro del monto del cobro de estos servicios de recolección y disposición final al Fideicomiso Do Sostenible, quien a su vez se encargará del repago a los ayuntamientos y juntas de distritos municipales", reza el artÃculo modificado.
"Esto no incluirá aquellos acuerdos de recolección privados y de manejo de residuos especiales, los cuales se manejarán bajo acuerdos privados", agrega.
¿Qué dice el artÃculo actualmente?
El artÃculo 143 de la Ley 225-20 que está en vigencia cita los mecanismos que pueden ser empleados por los ayuntamientos y juntas de distritos municipales para el cobro obligatorio por la recolección de basura.
La facturación y cobro con el servicio de agua potable, energÃa eléctrica "u otro servicio público local". La ley vigente cita otros mecanismos como "los convenios de otras entidades recaudadoras conforme la ley" y el cobro directo.
Al igual que en la normativa modificada, el artÃculo hace énfasis en que se garantice "la independencia de los montos facturados por la prestación de cada servicio, de acuerdo a los costos reales y totales de los mismos".
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